En este tipo de fideicomiso la fiduciaria recibe los fondos de los compradores de un proyecto inmobiliario y los que provengan del crédito interino, con la encomienda de administrarlos y canalizarlos hacia la construcción y ejecución del proyecto. No se transfiere la propiedad del solar; únicamente se asegura la inversión de los recursos en el proyecto.
Ventajas
- Continuidad en la recaudación de los fondos en las cuentas asignadas a las preventas.
- La fiduciaria recibe los fondos de los adquirientes luego de su vinculación, administrándolos independientemente del fideicomitente y de la fiduciaria. Los fondos así recibidos quedarán afectados al desarrollo del proyecto y al cumplimiento de la finalidad establecida en el contrato fiduciario.
- La fiduciaria atiende los pagos a los contratistas y suplidores del proyecto de construcción.
- Los recursos del crédito otorgado para la construcción del proyecto pueden ser administrados en el fideicomiso, destinándose al pago de contratistas y suplidores, previa aprobación del área de ingeniería de la fiduciaria.
Cumplimiento de los compromisos financieros asumidos durante el desarrollo del proyecto, sufragados por la fiduciaria con cargo a las cuentas patrimonio fideicomitido, según la prelación prevista y sin que medie instrucción del fideicomitente, de conformidad con las estipulaciones del contrato.
