Salvo algunas diferencias, este tipo de fideicomiso es casi idéntico al de desarrollo de viviendas de bajo costo. También suele desarrollarse en tres fases.
Luego de la firma del contrato y de la inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), se abren las cuentas recaudadoras del fideicomiso para que los interesados en comprar unidades de vivienda, comercio o naves industriales depositen los recursos de la cuota inicial o los avances convenidos, vinculándose así formalmente al fideicomiso. Se diligencia el formulario de vinculación y se entregan los documentos necesarios a los adquirientes hasta completar el número mínimo fijado para cada fase del proyecto.
Agotado ese paso inicial, se depositan en la ventanilla única del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) los documentos exigidos para la expedición de los permisos y licencias necesarios. Después, se gestiona la exención impositiva para transferir el solar al fideicomiso y se obtiene el cierre financiero que contribuye a apalancar los costos de construcción, ya sea con recursos propios de los fideicomitentes, con recursos derivados de las preventas o de un crédito interino o, como sucede frecuentemente, a través de una combinación de las tres fuentes. Cumplidas las condiciones señaladas, el proyecto está listo para comenzar.
Como su nombre lo indica, esta etapa marca el inicio formal del proceso de construcción. Se realizan los pagos a los suplidores y contratistas del fideicomiso, mientras se tramita ante las entidades competentes la organización bajo el régimen de condominios. También se pueden precalificar los compradores que deseen optar por el Bono de Primera Vivienda. Por otro lado, se continúan recaudando los abonos iniciales de los compradores.
Cuando se acerca la terminación del proyecto o de la etapa correspondiente, las entidades financieras analizan de manera formal las solicitudes de crédito a largo plazo de los adquirientes, quienes idealmente debieron precalificarse al concertar su vinculación al fideicomiso.
Esta fase se puede iniciar antes del cumplimiento de algunas de las condiciones prefijadas, pero solo si los recursos provienen del fideicomitente. La inversión, ya sea en gastos u obras preliminares, formará parte de la construcción en proceso.
Una vez terminada la construcción, la fiduciaria, el fideicomitente, el comprador y la entidad financiera (si aplica) firmarán los contratos de compraventa e hipoteca. El constructor deberá proceder a la entrega real y material de la vivienda.
La entidad que haya otorgado créditos a largo plazo deberá desembolsar los fondos únicamente en la cuenta del fideicomiso, y la fiduciaria los destinará al pago del crédito interino hasta tanto se hayan pagado los pasivos y se puedan derivar beneficios, los cuales se transferirán a los beneficiarios previo a la liquidación del fideicomiso.
Conoce nuestras políticas de privacidad
Central Telefónica: 809-985-6640 Contabilidad y Administrativo – Ext. 222 Gerencia de Gestión Fiduciaria – Ext. 223 Gerencia de Negocios – Ext. 224 Unidad de Servicio al Adquiriente – Ext. 263
Dirección: Calle El Vergel núm. 8, Edifcio II, 5to. piso, Ensanche El Vergel, Santo Domingo, Distrito Nacional.
Ver en el mapa
info@fiduciarialanacional.com.do
Debes saber que nuestro website utiliza cookies para mejorar cada vez más tu experiencia navegando. Si deseas, puedes leer nuestras Políticas de Privacidad.